La doctora Megan O’Neill es profesora adjunta de geografía humana en la Universidad de Dundee, Escocia, y directora asociada del Instituto Escocés de Investigación Policial (SIPR). Su trabajo se centra en aspectos de la cultura policial, la policía comunitaria, la pluralización del sector público en la policía, la policía privada y las prácticas de vigilancia del estado. Ha publicado dos libros, Policing Football (2005, Palgrave) y Police Community Support Officers (2019, Oxford University Press). También ha publicado numerosos artículos de investigación en revistas como Policing and Society, The European Journal of Criminology, Theoretical Criminology, Criminology and Criminal Justice y The British Journal of Criminology.
1. Hay quien propone la disolución de la policía. ¿Cree que es una propuesta razonable y posible?
A pesar de que puedo entender la lógica de este argumento para disolver la policía, no estoy de acuerdo en que esta sea la mejor manera de avanzar. En cambio, defendería un enfoque más integrado para resolver los problemas sociales entre los servicios del sector público (y también incluir algunas organizaciones relevantes del sector privado y del tercer sector). Reducir la manera como los diferentes servicios funcionan como silos los unos de los otros y avanzar hacia un sistema en vez de una práctica y un presupuesto integrados, me parecería una mejor respuesta al crimen y al desorden. Muchos de los mayores retos que se ven en la policía no se encuentran dentro del don de la policía para resolverlos por sí solos, pero son un socio importante en este proceso. Por lo tanto, esto requeriría una financiación adicional para la policía (y las otras agencias), no menos, para establecer estos sistemas y métodos de integración y comunicación. También requeriría un cambio organizativo significativo para todas las agencias implicadas. Por ejemplo, ya no podría darse el caso de que la policía sea la única organización de respuesta las 24 horas.
2. ¿En caso de disolución de organizaciones policiales, podrían otros actores u órganos asumir las funciones de la policía?
No estoy de acuerdo en que otros organismos puedan asumir el trabajo de la policía. El suyo es un conjunto de habilidades particulares que para determinados acontecimientos o incidentes es absolutamente necesario. También tienen la dilatada experiencia y el prestigio cultural para jugar un papel muy importante en un trabajo más integrado con otros servicios. Para mí, se trata de encontrar una mejor manera de integrar los diferentes servicios para prevenir delitos, desórdenes y problemas sociales. Por descontado, esto requeriría un cambio organizativo importante para todos los implicados, incluida la policía. Se tardará mucho tiempo en conseguirlo y se tiene que comunicar con cuidado y eficacia a todo el personal. Quizás habrá preocupaciones sobre el cambio, pero si los agentes sienten que tienen voz en este proceso y pueden ser escuchados, el cambio es realmente posible. Una integración a esta escala requiere el compromiso firme de todas las agencias implicadas o, en caso contrario, no tendrá éxito.
3. En caso de disminución del papel de la policía, podría aumentar la seguridad privada. ¿No sería problemático para muchos ciudadanos que no se lo podrían permitir?
El aumento del papel de la seguridad privada es extremadamente problemático. Las organizaciones privadas tienen como objetivo principal la consecución de beneficios. Todas las demás preocupaciones son secundarias a eso. Hay muchos investigadores que han estudiado el trabajo del sector privado en varios aspectos de los servicios de justicia penal (como la policía, las prisiones y la libertad condicional) y han encontrado múltiples fracasos y comportamientos problemáticos. Eso no quiere decir que la policía del sector público sea siempre perfecta, ni mucho menos. Pero como organismo que es responsable ante el estado o ante las personas a las que sirve, la policía pública tiene un deber de cuidado inherente que el sector privado nunca podrá igualar. Y todo esto es un problema incluso antes de plantearnos la cuestión de quién pagaría los servicios del sector privado y si eso comportaría una estratificación de la seguridad que la ciudadanía puede esperar. A mi entender, es moralmente corrupto confiar en el sector privado para proporcionar seguridad al público en general. Sin embargo, como se ha dicho anteriormente, el sector privado puede ser un socio importante en la prestación más amplia de servicios integrados que sugiero. Pero serían un socio menor, en comparación con los del sector público.
4. ¿Cuál tiene que ser el papel de los ciudadanos en un modelo alternativo de gestión de la seguridad? ¿Cuál tiene que ser su papel y cuáles tienen que ser los límites de su intervención?
El público en general tendría, por descontado, un papel a jugar en el modelo integrado que propongo. Los miembros del público son el centro de esto, ya que todos los servicios tendrían que trabajar juntos para establecer cuáles son las causas de la delincuencia, el desorden o los problemas sociales en una comunidad y trabajar para abordarlas. En definitiva, esto solo tendrá un éxito total con la colaboración del público. No obstante, no tenemos que poner a la ciudadanía en una posición en la que debe tener un papel activo en su propia prestación de seguridad, más allá de los fundamentos básicos de cerrar puertas, mantener las contraseñas seguras, etc. Mucha gente no dispone de los recursos ni de la capacidad para tener un papel activo en esta tarea y no hay que esperar que lo hagan. Con respecto a los investigadores académicos, tendremos un papel importante en este sistema a la hora de poner en primer plano la mejor prueba disponible sobre qué funciona en qué situaciones y para evaluar y valorar nuevas iniciativas a medida que se promulgan.
Alex S. Vitale es profesor de Sociología y coordinador del proyecto Policing and Social Justice en el Brooklyn College y en el CUNY Graduate Center, y profesor visitante en la London South Bank University. Ha pasado los últimos 30 años escribiendo sobre la policía y consulta tanto a los departamentos de policía como a las organizaciones de derechos humanos en el ámbito internacional. El profesor Vitale es el autor de City of Disorder: How the Quality of Life Campaign Transformed New York Politics y The End of Policing. Sus escritos académicos sobre la policía han aparecido en Policing and Society, Police Practice and Research, Mobilization y Contemporary Sociology. También es un ensayista frecuente, cuyos escritos se han publicado en TheNY Times, Washington Post, The Guardian, The Nation, Vice News, Fortune y USA Today. Ha aparecido en canales como la CNN, MSNBC, CNBC, NPR, PBS, Democracy Now y The Daily Show con Trevor Noah.
1. Usted propone que el cuerpo policial, tal y como está estructurado actualmente, se disuelva. ¿Cree que hay zonas de la estructura policial que deberían mantenerse?
Transformar nuestra forma de pensar en cuanto a la seguridad pública no significa que eliminemos los departamentos de policía de un día para otro. Por un lado, esto no es políticamente posible, por lo que no es razonable ni siquiera considerarlo como una opción. En segundo lugar, lo que hace falta es iniciar un proceso de desarrollo de nuevas infraestructuras de seguridad pública que nos permitan abordar los problemas de seguridad pública de forma más eficaz y sin los costes sociales negativos de depender de la policía. A medida que vayamos desarrollando estas nuevas infraestructuras podemos reducir y eliminar las correspondientes funciones policiales. Por ejemplo, Portugal ha despenalizado las drogas y eso significa que pueden reducir el tiempo policial que antes se dedicaba a la aplicación de drogas. Otro ejemplo es la creación de equipos de intervención en crisis no policiales para responder a las llamadas de crisis de salud mental, permitiendo reducir la capacidad de patrulla policial.
2. ¿En caso de disolución de organizaciones policiales, otros actores o cuerpos podrían asumir las funciones de la policía?
Sí, ese es el objetivo, aunque las “funciones” pueden parecer muy distintas a lo que hace la policía. En lugar de intentar controlar e interrumpir la distribución y consumo de drogas, podríamos invertir en servicios de salud pública y en la distribución legalizada de medicamentos.
3. En caso de disminución del papel de la policía, podría aumentar la seguridad privada. ¿No sería problemático para muchos ciudadanos que no podrían permitírselo?
El objetivo de este nuevo enfoque es reducir la vulnerabilidad, por lo que se requiere menos infraestructura de “seguridad”. Si tenemos menos personas pobres, sin alojamiento, sin acceso a los servicios básicos de salud, etc.,habrá menos necesidad de sistemas punitivos de control de la delincuencia, sean públicos o privados.
4. ¿Cuál debe ser el papel de los ciudadanos en un modelo alternativo de gestión de la seguridad? ¿Cuál debe ser su papel y cuáles deben ser los límites de su intervención?
El estado moderno ha trabajado mucho para monopolizar la provisión de seguridad. Debemos democratizar mejor este proceso. Deberíamos dotar a las comunidades de recursos que les permitan responder de forma más eficaz a una variedad de retos de seguridad pública por sí solos. Esto puede implicar aumentar la capacidad de las organizaciones comunitarias para abordar cuestiones como la violencia doméstica, las necesidades de salud mental, el abuso de sustancias, los servicios juveniles, etc., y mejorar la capacidad de las personas para trabajar juntos para resolver problemas de forma cooperativa, como la resolución de quejas de molestias entre vecinos, familiares, amigos, etc. La implicación de la policía en todas las disputas imaginables comporta unos costes económicos y sociales enormes y deberíamos trabajar para reducir su papel de tantas formas como podamos.
Juanjo Medina es investigador distinguido senior de Talentia, adscrito al Departamento de Derecho Penal y Ciencias de la Criminalidad de la Universidad de Sevilla. Anteriormente, trabajó como catedrático de Criminología cuantitativa y jefe del Departamento de Criminología de la Universidad de Manchester hasta agosto de 2020. Fue presidente de la Sociedad Española de Criminología de 2016 a 2020.
1. ¿Cuáles son los elementos definitorios de un modelo policial?
Creo que ésta es una cuestión muy importante y que, pese al uso frecuente de los términos “modelos policiales”, todavía no nos hemos puesto de acuerdo en ella. Kelling y Moore (1988) posiblemente todavía representan el esfuerzo más conocido por hacerlo de manera sistemática. Hablaron de 7 dimensiones: fuente de legitimidad, definición del papel policial, diseño organizativo de los departamentos, relaciones con la comunidad, naturaleza de los esfuerzos policiales por comercializar o gestionar la demanda de sus servicios, tácticas y medidas de éxito consensuadas. Y, centrándose en la experiencia histórica norteamericana, distinguen entre los modelos políticos, reformistas/profesionales y comunitarios/de resolución de problemas. Guillen (2016), siguiendo a Bertaccini, analiza cómo el término “modelo policial” se utiliza a menudo como “punto de referencia” para mejorar las formas pasadas de pensar y organizar la policía, lo que Wood y Shearing (2007) discuten como “oleadas de reforma policial”. Así, en muchos aspectos, toda la discusión sobre modelos hasta ahora ha tenido una clara dimensión política y aspiracional. Parece que se trata más de cómo quisiéramos que fuera la policía que de un concepto que se ha utilizado para medir la diversidad de modelos: cómo varían las organizaciones policiales entre las jurisdicciones nacionales o regionales. Sin descartar la relevancia de este uso del término “modelo policial”, como empirista creo que sería útil empezar a pensar en dimensiones relevantes que podrían utilizarse para caracterizar los modelos existentes y sus diferencias, de una forma más rigurosa y fundamentada.
2. ¿Cuál de los modelos policiales existentes cree que es el mejor para mantener una convivencia pacífica y una sociedad segura?
¡Supongo que mi respuesta anterior me pone en una posición incómoda para responder a ésta! No estoy del todo seguro de poder responder de forma rigurosa cuáles son los modelos de policía que se pueden encontrar en todo el mundo, sin importar cuál es el mejor. Aquellos de nosotros que hemos trabajado en varios países y conocemos diferentes instituciones policiales a nivel internacional somos conscientes de algunas de las diferencias más visibles, así como de algunas de las similitudes. Pero debemos continuar los pasos de David Bayley para intentar realizar una comparación empírica transnacional más sistemática si realmente queremos identificar claramente estos modelos. Buena parte de las discusiones sobre la reforma ha sido impulsada por la clave de la beca policial norteamericana, que se enfrenta a los intereses de maximizar la efectividad de la reducción de la delincuencia (a través de puntos calientes, resolución de problemas, etc.) a la vez que se minimizan los costes sociales y distribuidos desigualmente de las tácticas propuestas. Para conseguir esto último, necesitamos una mejor comprensión del alcance total de estos costes. Pero debemos ir más allá de este tipo de discusiones en cualquier caso. La policía es más compleja que una agencia de lucha contra el crimen. Para mí un buen modelo es aquél que se debate democráticamente y es apoyado por la ciudadanía. Como se ha señalado anteriormente, debemos considerar diferentes elementos (naturaleza del papel policial, tácticas, mecanismos de rendición de cuentas, naturaleza y contenido de la formación, grado de diversidad, etcétera muy largo). En España, estamos muy atrasados en realizar este debate. Iniciativas como las tomadas en el Parlamento de Cataluña, pero también el posicionamiento de diferentes ONG y de españoles más críticos con la policía, son un buen primer paso para dar este debate, que espero que tenga protagonismo. El problema que tenemos aquí es si la clase política será suficientemente madura y responsable para seguir ese camino.
3. Más allá del control judicial, ¿qué supervisión externa deberían tener las organizaciones policiales? ¿Qué consecuencias tienen estos controles?
Mi opinión es que en términos de responsabilidad y aportación democrática, debemos pensar más allá de los mecanismos formales de disciplina (sean internos, judiciales o externos). También necesitamos una policía más plural, con más personal civil y mayor diversidad entre sus filas. Necesitamos colaboraciones entre la policía y la academia. Necesitamos periodistas que se tomen en serio el papel de informar sobre la policía, en lugar de solo informar sobre delitos graves o emocionales. Debemos repensar significativamente cómo queremos que sea la formación policial y quién debe impartirla, creo que es importante que haya más implicación de la comunidad en esta etapa. Protocolos internos mucho mejores para incidentes críticos y datos mucho más rigurosos y abiertos sobre estos incidentes. Me encantaría algo como las inspecciones británicas en España, para que hubiera una auditoría adecuada de la actuación policial y la calidad del servicio en todo el país. Necesitamos comisiones parlamentarias capaces de trabajar conjuntamente para encontrar alguna forma de acuerdo sobre los pasos a realizar. Y ministros que no temen criticar su propia fuerza cuando se dedican a prácticas inaceptables. Si lo único que tenemos en España, además de la justicia, es el Defensor de los Derechos Humanos, debemos dotar a esta institución de más dientes de los que tiene actualmente.
4. ¿En qué circunstancias la policía debe cambiar de modelo si no se considera válido y quién debe encargarse del cambio: profesionales, gobierno o ciudadanos?
Deberíamos hacer lo que pide la ciudadanía, el gobierno debería facilitarlo y los profesionales, junto con los académicos, deberían informarlo todo sobre los matices, las dificultades y los retos de las reformas propuestas. En definitiva, los profesionales deben entender que en una democracia sirven al público, no al revés, y que no pueden ser una barrera para el cambio. Dado que un número importante de españoles adultos ni siquiera nacieron cuando el modelo actual se enmarcó en la Ley orgánica 2/1986 y cómo ha cambiado el mundo desde entonces, así como los numerosos problemas con la llamada “Ley mordaza”, se podría decir que las circunstancias para establecer un nuevo contrato social sobre el modelo policial ya están presentes en la sociedad española.
Rossella Selmini es profesora asociada de Criminología en la Universidad de Bologna, en el Departamento de Ciencias Jurídicas. Anteriormente fue profesora de la Universidad de Minessota (EE.UU.) y directora del Departamento de Seguridad Urbana y Policía Local en el Gobierno regional de Emiglia Romagna. De 2015 a 2018 fue presidenta de la Sociedad Europea de Criminología.
1. ¿Cuáles son los elementos definidores de un modelo de policía?
La literatura sobre la policía individualiza varios elementos que definen un modelo de policía. Entre ellos, considero particularmente importante identificar tres elementos: los principios generales que deben guiar el modelo, la organización de los cuerpos y las funciones que les son atribuidas.
2. ¿Cuáles de los modelos de policía existentes cree que es mejor para mantener una buena convivencia ¿Y una sociedad segura?
En las sociedades occidentales contemporáneas, aunque con llamativas diferencias ligadas a las peculiaridades nacionales y locales, se han consolidado dos modelos en particular: el conocido como “tolerancia cero” y el de la policía comunitaria. Presentan algunos aspectos que se solapan, pero son diversos en cuanto a los principios fundamentales que guían las acciones de la policía. En el modelo de la policía comunitaria, prevalecen los principios del servicio a la comunidad, de relación con la comunidad, con todos sus componentes, incluidas las minorías y las generaciones más jóvenes; la creación de una relación de confianza, el recurso prevalente a la negociación de los conflictos, el recurso a la represión como ultima ratio. Estos principios deberían gobernar las diversas unidades de las organizaciones policiales, desde las que realizan funciones de policía administrativa hasta la policía judicial, el control del orden público y la prevención de la delincuencia. Además, a la vista de los resultados de la investigación, considero que este modelo es el mejor y está reforzado por el hecho de que se ha demostrado como el que garantiza de forma más adecuada la convivencia pacífica, ofreciendo seguridad a la ciudadanía e incrementando la confianza y la legitimidad de la policía.
Modelos represivos y basados en la tolerancia cero, en sentido contrario, crean conflictos y minan la confianza, en particular de los grupos más vulnerables de la sociedad, reforzando la cultura de la intolerancia y del miedo, sin, por otra parte, contribuir de forma significativa al control de la delincuencia. A la luz del debate más reciente sobre la reducción de la policía, puede incluso plantearse un modelo de policía comunitaria dentro de la cual algunas funciones particularmente delicadas que hoy en día todavía son ejercidas por la policía ─enfermedades mentales, desequilibrios sociales en general─ sean derivadas a otras agencias de naturaleza no policial. Por otra parte, en el marco de un modelo de policía comunitaria, también las funciones de orden público deben ser redimensionadas y mantenidas dentro de los límites estrictamente compatibles con el ejercicio de los derechos civiles y políticos.
3. Más allá del control judicial, ¿qué supervisión externa deben tener las organizaciones policiales? ¿Qué consecuencias tienen estos controles?
El tema de la rendición de cuentas de la policía, y particularmente importante en los países del Sur de Europa, que, en general, centran el control de los operadores de policía en el control disciplinario interno y el de la autoridad judicial. Estoy convencida de que un tercer organismo, intermedio entre el control interno y el judicial, sería útil para garantizar una evaluación independiente. Un organismo de este tipo debería incluir a expertos y miembros de la comunidad local y de la sociedad civil. Esta forma de control –dotada del necesario poder de intervención– debería garantizar la reducción de la impunidad, que es la consecuencia más común de los abusos y la violencia policial.
4. ¿En qué circunstancias la policía debe cambiar de modelo –en caso de que no se considere válido– y quién debe tener el peso del cambio: profesionales, gobierno o ciudadanía?
No pienso que deban concurrir circunstancias particulares para modificar un modelo de policía: prácticamente todos los modelos de policía, particularmente de algunos países de Europa, incluidos Francia, Italia y España, necesitan reformas radicales, bien sea en el control de la delincuencia común como sobre todo en el control del orden público y las relaciones con las minorías étnicas. Comportamientos discriminatorios, abusos y uso excesivo de la fuerza son fenómenos frecuentes en los tres países citados y son fenómenos que exigen un cambio más radical en la organización de los cuerpos, en su cultura y en la rendición de cuentas, que no se limiten a reformas de maquillaje (por ejemplo: mayor atención a las formas de selección o formación profesional son importantes pero no suficientes).
Creo que una reforma de un modelo de policía no puede ser eficaz si no parte de una consulta extensa a los ciudadanos, incluidas las minorías étnicas y las personas más vulnerables, sobre el modelo de la reforma tal y como se está intentando – con muchas dificultades– en algunas ciudades americanas después del homicidio de George Lloyd. Debe ser la comunidad local, con la asistencia eventual de expertos, quien debe determinar el modelo de policía que quiere, y ese modelo debe discutirse después con los órganos legislativos.
Nora Miralles Crespo: Periodista. Máster en Género, Conflicto y Derechos Humanos por la Ulster University (Belfast) y Máster en Relaciones Internacionales, Seguridad y Desarrollo por la UAB. Investigadora en género, seguridad, militarismo y derechos humanos en el Observatorio de Derechos Humanos y Empresas en el Mediterráneo (ODHE) y Shock Monitor, así como en el Centro Delàs de Estudios por la Paz. Asesora e investigadora del área Alternativas de Seguridad del Instituto Catalán Internacional por la Paz (ICIP). Activista de base en distintos movimientos sociales.
1. ¿Qué estrategias está utilizando la policía en el ámbito del orden público?
En general, considero que existen dos tendencias estratégicas en tensión o divergentes a la vez en lo que se refiere al ámbito del orden público. Una de ellas es la apertura a otras visiones sobre la seguridad, que toma fuerza y cuerpo con la introducción de herramientas como la mediación, la policía de proximidad o de barrio o los programas de mentoría juvenil, que impactan en el orden pero que parten de un enfoque preventivo y una comprensión más profunda de las causas de los conflictos sociales. La otra, por el contrario, estaría alineada con el proceso de expansión acrítica de funciones policiales y el abordaje securitario de fenómenos que antes no llegaban a ser considerados como problemas o desafíos al orden público. Esta última tendencia se ha traducido, entre otras cosas, en un perjuicio evidente de derechos ciudadanos como la libertad de expresión y protesta y manifestación. Una tendencia que también se materializa en la introducción y normalización de tecnologías de vigilancia masiva y biometría que nos hacen vivir bajo un control y falta de privacidad permanentes, sin que su uso esté justificado, ni debidamente regulado, y en la expansión de el uso de armamento (supuestamente) no letal en cada vez más contextos.
2. ¿Es posible adoptar un método preestablecido de actuación teniendo en cuenta los distintos tipos de protestas y las distintas evoluciones que pueden tener?
Sin duda, si el objetivo es actuar en línea con el respeto a los derechos humanos y fundamentales de la ciudadanía, no parece recomendable establecer un método invariable de actuación, que no nazca de un análisis y una reflexión previas sobre cómo abordar el conflicto de la forma más proporcionada y menos lesiva posible, en cada momento y escenario concretos. Las protestas sociales son reacciones naturales a las decisiones de quien confecciona las políticas públicas, son una forma diría que normal y democrática de expresar descontento o divergencia. El primer problema, bajo mi punto de vista, es demonizar la protesta social, de modo que acabe siendo lógico y habitual que cualquier manifestación o acto político en el espacio público cuente con una nutrida presencia no de patrullas de seguridad ciudadana, sino de unidades de mantenimiento del orden público, como si manifestarse fuera de por sí una alteración del mismo. Por otra parte, las acciones violentas en protestas son minoritarias y casi nunca dirigidas contra otras personas, sin embargo no parece que a menudo la respuesta se adecue a la proporción y gravedad de los hechos.
3. ¿Cuáles son las condiciones que deberían darse para que en el transcurso de una concentración o movilización el derecho a manifestarse que se está ejerciendo debiera interrumpirse o limitarse?
Para mí, la diferencia la marca sin duda el riesgo hacia la integridad o la vida de otras personas, pero hablo de un riesgo real, no de un baremo arbitrario mediante el que interrumpir todas aquellas movilizaciones que critican el orden establecido o que emiten mensajes que no interesan, en un amplio abanico de sentidos.
4. ¿Qué responsabilidad deberían tener los convocantes de una manifestación respecto al control de la movilización y las consecuencias no deseadas por sí mismos?
Considero que es peligroso e, incluso, un punto hipócrita pretender responsabilizar a la ciudadanía que se organiza para convocar una manifestación de todo lo que ocurra, mientras que por otra parte se la ha desresponsabilizado en las últimas décadas de prácticamente todo lo que tenía que ver con la intervención social y comunitaria, porque ya interesaba que todo lo colectivo se guiara y controlara desde la Administración. O otorgas responsabilidades a la ciudadanía o la desresponsabilizas totalmente, pero hacerlo sólo cuando interesa cargar unos disturbios a alguien es claramente una forma de limitar libertades civiles. Consigues que las pocas rendijas de colectividad desaparezcan por miedo a la represión penal y administrativa.
5. ¿Qué instrumentos cree que son aceptables utilizar en las manifestaciones con cierto grado de violencia para devolver la paz social con el menor daño posible? ¿Cañones de agua, por ejemplo?
Evidentemente, un cañón de agua será menos lesivo –siempre en principio– que una lanzadera, pero una mediación bien dirigida siempre será menos incendiaria que cualquier mecanismo represivo. La conflictividad social, incluidas las expresiones violentas en las manifestaciones, deben abordarse prioritariamente con carácter previo y estructural, ya que nacen de la reacción a las discriminaciones y violencias que genera un sistema socioeconómico cada vez más desigual. Por tanto, las respuestas represivas en el contexto concreto de una manifestación son una reacción impotente a un problema mucho más profundo, construyen una falsa paz social, considerando ésta como la falta de conflicto en el espacio público, únicamente. Pero las violencias sociales no desaparecen, simplemente se enquistan, se canalizan en otros ámbitos como el privado o cristalizan en un aumento de las violencias en la comunidad y la familia. En cuanto a las mal llamadas “armas no letales”, me gusta mucho la reflexión que hace Paul Rocher en su libro Gasear, mutilar, someter. La política de las armas no letales, publicado recientemente por Katakrak, sobre cómo este tipo de mecanismos considerados menos lesivos, además de ser cuestionables en cuanto al daño que pueden causar (mutilaciones e incluso, sí, la muerte), terminan siendo utilizados no para gestionar conflictos en los que antes se utilizaba armamento más peligroso, sino aquellos en los que no se utilizaba ningún tipo de arma.
Ralph Roche es abogado, especializado en derechos humanos, administración judicial y policía. Cuenta con amplia experiencia en Irlanda del Norte y la región de los Balcanes occidentales, donde ha trabajado para los servicios policiales y como consultor del Consejo de Europa. De 1998 a 2005, vivió en Bosnia y Herzegovina, y prestó sus servicios en un tribunal de derechos humanos, la Oficina del Alto Representante y la Comisión Europea. Desde entonces, ha trabajado para el Servicio de Policía de Irlanda del Norte como asesor jurídico de derechos humanos y para las Cámaras Especialistas de Kosovo en La Haya como jefe de la división de servicios judiciales.
Es coautor del manual del Consejo de Europa “The European Convention on Human Rights and Policing” (Convenio europeo de derechos humanos y policía).
1. ¿Qué estrategias está utilizando la policía en el ámbito del orden público?
Los servicios policiales deberían adoptar un enfoque flexible cuando traten eventos de orden público. La protección de los derechos humanos de todas las personas afectadas por manifestaciones y otros eventos de orden público debería ser el centro de cualquier estrategia. El cumplimiento de los principios de derechos humanos permite a los servicios policiales aplicar una serie de enfoques claros, basados en la extensa jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Debería disponerse de un análisis estratégico global, alimentado por información relevante y actualizado sobre cuestiones tales como las amenazas y los riesgos, y las causas y temas probables de cualquier problema de orden público. Hecho esto, permite desplegar los recursos adecuados (tanto humanos como técnicos) e implementar respuestas operativas planificadas en posibles escenarios.
Es fundamental que la policía adopte un enfoque neutral, que no prohíba de forma efectiva la expresión de opiniones de los manifestantes que ellos o el público puedan encontrar ofensivas. Éste es un requisito clave de una sociedad democrática, tal y como ha confirmado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en muchos casos. Por ejemplo, se ha constatado que las prohibiciones rotundas o la imposición de obstáculos burocráticos en las protestas son violaciones de los derechos a la libertad de asociación y expresión. Aunque la policía no siempre es responsable de tomar estas decisiones, en los casos en que lo sean, debería procurar que las decisiones se tomen de forma defendible, de acuerdo con la legislación local y los principios generales de los derechos humanos. La policía del Reino Unido ha adoptado el National Decision-Making Model (modelo de toma de decisiones a nivel nacional), que proporciona un marco para tomar decisiones en todos los ámbitos de la actividad policial. Es un modelo sencillo y eficaz, y cuando lo adoptan todos los elementos de la policía implicados en una operación proporciona una comprensión común de cómo deben tomarse y aplicarse las decisiones. Coloca la ética y los estándares profesionales en el centro, incorporando una serie de principios clave, como la responsabilidad, la equidad y el respeto. He participado personalmente en una serie de operaciones policiales dinámicas y complicadas en las que una amplia gama de unidades policiales lo han utilizado para tomar decisiones rápidas y efectivas que garantizaban la protección de los derechos de todas las personas afectadas por la operación.
Otro requisito clave es que la policía vea que su papel es la protección de los derechos de los miembros del público. La policía en una sociedad democrática no debe verse como un instrumento del poder del Estado, sino como defensora de los derechos de los participantes en actos públicos. La policía no trata de controlar, sino de facilitar el ejercicio de las libertades democráticas. Esto también ayudará a mejorar la relación entre la policía y la ciudadanía.
2. ¿Es posible adoptar un método preestablecido de actuación teniendo en cuenta los distintos tipos de protestas y las distintas evoluciones que pueden tener?
En mi opinión, no es posible que la policía adopte un enfoque predeterminado en las manifestaciones y otros acontecimientos públicos. Cada manifestación o evento de orden público es diferente y debe tenerse en cuenta según sus propias características. Aunque la policía puede y debería confiar en la información obtenida a partir de eventos similares anteriores, debería examinar la información disponible para cada evento individual y adaptar su respuesta en consecuencia. El hecho de que un evento anterior pueda haber provocado desórdenes (por ejemplo, entre grupos rivales) no es en sí mismo un motivo para restringir o prohibir eventos futuros. La naturaleza dinámica de la sociedad hace que los eventos y los participantes cambien con el tiempo.
Obviamente, la policía debería planificar posibles escenarios durante las manifestaciones, y ejemplos anteriores de manifestaciones son un buen punto de partida para ello. Como dicen a menudo los agentes de policía, si fracasáis en la planificación, planificad el fracaso. Sin embargo, la planificación es una ayuda para la toma de decisiones, no un fin en sí mismo. Como se ha dicho anteriormente, un análisis estratégico global ayuda a permitir que la policía se prepare para posibles escenarios. También permite a la policía entrenar a los agentes en las tácticas necesarias, así como en la negociación, la participación y la recogida de información.
Otra razón práctica por la que la policía no debería adoptar un enfoque predeterminado es que las personas que quieren causar desórdenes pueden conocer pronto cuáles son estos enfoques y aprender a socavarlos. Si la policía utiliza las mismas tácticas repetidamente, los que quieran atacar a la policía pueden aprender de ellas y desarrollar formas de perjudicar o herir a la policía.
3. ¿Cuáles son las condiciones que deberían darse para que en el transcurso de una concentración o movilización el derecho a manifestación que se está ejerciendo debiera interrumpirse o limitarse?
Cualquier restricción o limitación del derecho de protesta es una injerencia grave en una serie de derechos humanos.
Entre ellos, los derechos a la libertad de expresión y de asociación, así como el derecho a manifestar las propias creencias. La acción policial también puede acarrear el derecho a no sufrir tratos inhumanos y, en casos extremos, incluso el derecho a la vida. Sin embargo, existen circunstancias en las que se requiere una actuación policial, por ejemplo, para garantizar el derecho a protestar o proteger los derechos y libertades de los demás. Las intervenciones durante un evento son más difíciles y suponen amenazas adicionales para la seguridad de los participantes, así como para la vida y seguridad de los agentes de policía.
Las restricciones deben tener una base legal: debe haber una disposición en la legislación nacional que permita su imposición. Cualquier restricción debe ser impuesta para un objetivo legítimo. En la práctica, las restricciones se imponen con mayor frecuencia para prevenir el crimen o el desorden, o para proteger los derechos de los demás. Otro tema clave es que las restricciones deben ser proporcionadas. Por ejemplo, detener una manifestación por una infracción leve o técnica puede no ser necesario en una sociedad democrática. Hay muchas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos donde se impusieron restricciones en base a cuestiones mucho menores, y es evidente que a menudo se hace como un medio para suprimir la expresión de ideas que las autoridades no quieren que se expresen.
Para justificar una intervención durante un evento, es necesario que haya una razón clara para hacerlo. Una obvia es que existe una amenaza para la seguridad de las personas (sean agentes de policía, participantes o la ciudadanía). La conducta de los participantes también podría justificar una intervención, por ejemplo si no se cumple alguna condición legal del evento. Por ejemplo, si la autoridad competente ha impuesto limitaciones a un evento, en principio deberían cumplirse. Sin embargo, el incumplimiento de ninguna limitación justifica, por sí solo, una intervención. Se realizará una evaluación de la necesidad de una acción inmediata. En muchos casos, una actuación posterior será suficiente para garantizar el cumplimiento de la ley.
Los distintos países tienen distintos enfoques para la regulación de las asambleas públicas. Por ejemplo, en algunos países, un alcalde u otro funcionario electo determina las condiciones en las que los eventos públicos pueden tener lugar. En Irlanda del Norte, cualquier persona que quiera organizar una manifestación pública debe informar a la Parades Commission, un organismo público establecido por ley. En los casos en que la responsabilidad principal recae en la policía, debe garantizarse que todas sus decisiones sean lícitas y no estén motivadas por ninguna motivación indebida, como la discriminación.
Las decisiones de intervención también pueden requerir la decisión de un organismo distinto a la policía. Esto puede ser problemático, puesto que los cargos electos pueden no estar en la mejor posición para entender las consecuencias prácticas de las decisiones de intervenir. En mi opinión, la policía, actuando dentro de un marco legal claro, y habiendo evaluado las circunstancias lo más ampliamente posible, es la mejor indicada para tomar decisiones. Aunque esto impone cargas importantes a la policía, también les ofrece la oportunidad de aplicar su profesionalidad y experiencia en un escenario práctico.
También es importante recordar que el incumplimiento de las condiciones impuestas a una manifestación no es, en sí mismo, motivo para intervenir. Si es poco probable que la desviación provoque lesiones o interrupciones indebidas, puede ser adecuado permitir que el evento continúe. Se pueden llevar a cabo investigaciones u otras acciones después del evento según sea necesario. La intervención contra manifestaciones en curso es una tarea muy complicada, y puede dar lugar a un importante uso de la fuerza y lesiones, tanto para los participantes como para los agentes de policía.
4. ¿Qué responsabilidad deberían por sí mismos tener los convocantes de una manifestación respecto al control de la movilización y las consecuencias no deseadas?
Organizar o participar en una manifestación implica responsabilidades. Los organizadores deben garantizar que la manifestación se mantenga dentro de la ley, así como que cumpla con los requisitos o limitaciones impuestas por las autoridades competentes. Si el organizador considera que estos requisitos son excesivos o, incluso, ilegales, debería procurar utilizar los recursos legales disponibles según la legislación local. Se debe evitar el incumplimiento de los requisitos durante una manifestación, ya que puede comportar consecuencias penales o de otros tipos. En cuanto a la responsabilidad de los organizadores por las acciones de los participantes en las manifestaciones, es importante que solo se les haga responsables de las acciones de las que sean responsables. Si las personas se unen a una manifestación con la intención de provocar desórdenes u otros delitos penales, los organizadores pueden tener muy poco poder para evitarlo. Si bien los comisarios y otros mecanismos de seguridad deberían existir como parte de una manifestación bien organizada, deben evitarse los principios de responsabilidad estricta u otros medios legales para responsabilizar a los organizadores de las acciones de otras personas, puesto que pueden suponer una restricción indebida al disfrute efectivo de la libertad de asociación.
Los organizadores también deberían relacionarse con la policía para hablar de temas de interés común. En Irlanda del Norte, la policía a menudo se pone en contacto con los organizadores de las manifestaciones para discutir cuestiones relevantes y para entender mejor las necesidades y expectativas de los manifestantes. Esto puede ayudar a evitar malos entendidos y crear un canal de comunicación para la implicación durante la manifestación. Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció que la negativa de un organizador a relacionarse con la policía puede ser una justificación para restricciones u otras medidas, cuando sea necesario.
5. ¿Qué instrumentos cree que es aceptable utilizar en las manifestaciones con cierto grado de violencia para devolver la paz social con el menor daño posible? ¿Cañones de agua, por ejemplo?
En caso de que se produzca un desorden, la policía debe disponer de una serie de opciones tácticas para hacerle frente. La primera táctica debería ser siempre la implicación, basándose en las discusiones previas con los organizadores y los participantes, tratando de identificar y abordar el problema. En situaciones en las que esto no es posible, se requieren opciones tácticas para el uso de la fuerza. Son muchas y variadas, incluyendo equipos de protección individual para los agentes, vehículos protegidos, barreras y dispositivos de comunicación. En casos de disturbios más graves, deberían estar disponibles otras opciones como cañones de agua o proyectiles menos letales. Sin embargo, es muy importante que se respeten las normas legales y de derechos humanos sobre el uso de estas tácticas. Esto requiere que se integren en los procedimientos operativos y la formación de la policía. Se necesitan cadenas de mando y responsabilidad claras para el despliegue y el uso de estas tácticas. Se debería establecer una sala de mando central, con información en directo, para grandes eventos donde la violencia o el desorden sea posible.
Varias normas internacionales regulan el uso de la fuerza por parte de las autoridades estatales. Lo más importante en este contexto, el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, exige que la fuerza letal sólo se utilice cuando sea absolutamente necesario para proteger la vida. Esto significa que esta fuerza solo debería utilizarse como último recurso, cuando no haya otra opción disponible. La jurisprudencia deja claro que las tácticas policiales no deben hacer que el uso de la fuerza letal sea inevitable o muy probable. Las alternativas menos letales (por ejemplo, las llamadas bean bags o proyectiles de pimienta) a menudo están disponibles para la policía, pero deben existir reglas estrictas en cuanto a su uso. Estas tácticas solo deben utilizarse contra agresores individuales, en lugar de contra una multitud en general. Opciones como el cañón de agua pueden ser útiles en situaciones en las que es necesario mantener la distancia entre grupos opuestos o evitar que una multitud avance más allá de un punto determinado.
El requisito general es que exista un enfoque “sistemático”. Esto requiere que solo los oficiales debidamente entrenados estén autorizados a llevar y utilizar métodos de aplicación de la fuerza, y que existan normas estrictas que regulen su uso. La operación policial debe ser comandada y controlada por agentes experimentados, trabajando conjuntamente con sus compañeros para asegurarse de que el nivel de fuerza utilizado sea el mínimo necesario para alcanzar el desdichado objetivo. Nunca se utilizará la fuerza para castigar, solo se utilizará para prevenir el desorden y devolver la situación a la normalidad lo antes posible.
En las operaciones policiales más efectivas de las que he formado parte, a menudo ofreciendo consejos en tiempo real a los comandantes a medida que se iba desarrollando la situación, formaban parte comandantes y oficiales debidamente entrenados, trabajando dentro de un marco legal y práctico claro, con objetivos estratégicos inequívocos en lo que respecta al resultado deseado. Algunas de éstas implicaban el uso de cantidades importantes de fuerza contra individuos violentos en circunstancias muy peligrosas.
Pronto el blog Notes de Seguretat cumplirá siete años de funcionamiento. Ha sido una larga e intensa etapa pero muy ilusionante, centrada en la búsqueda de novedades, líneas de actuación, noticias, tendencias o políticas del ámbito de la seguridad. El objetivo ha sido abrir las reflexiones en torno a este mundo, así como recoger vuestras aportaciones.
Con el camino que hemos recorrido juntos, entregando dos apuntes semanales, los datos nos animan a seguir trabajando firme y con más ilusión todavía. Tras casi siete años de trabajo, nuestros suscriptores y lectores pueden hacer sus valoraciones, pero las cifras son significativas: se han sobrepasado las 210.000 visualizaciones al blog, con unos 112.000 visitantes provenientes de más de 150 países diferentes. Con más de 2.300 apuntes publicados en las cuatro lenguas en las que lo difundimos, a día de hoy ya tenemos casi 700 suscriptores. Y siempre en todo este tiempo hemos cerrado el año en curso con mejores resultados de audiencia que en los años anteriores.
También se han obtenido muy buenos resultados en la difusión de los apuntes vía Twitter en las cuatro lenguas: se siguen 520 perfiles y se cuenta con casi 400 seguidores.
Tal como ya se ha hecho en algunos aniversarios del blog, celebraremos el séptimo aniversario con la publicación de seis entrevistas breves a personas destacadas en el ámbito de la seguridad. Se trata de entrevistas cruzadas sobre tres ámbitos concretos de la seguridad: orden público, modelos policiales y nuevas propuestas en seguridad. De esta manera, se pueden ofrecer distintas visiones o puntos de vista de estudiosos de un mismo ámbito de la seguridad.
El lunes 24 de octubre entrevistaremos al jefe de Asuntos Legales en Orden Público en Irlanda del Norte, Ralph Roche, sobre orden público. Y sobre el mismo ámbito el miércoles 26 de octubre entrevistaremos a Nora Miralles Crespo, periodista e investigadora.
El lunes 31 de octubre entrevistaremos a la expresidenta de la Sociedad Europea de Criminología, Rossella Selmini, sobre modelos policiales. El miércoles 2 de noviembre entrevistaremos, del mismo ámbito, a Juanjo Medina Ariza, investigador adscrito al Departamento de Derecho Penal y Ciencias del Delito de la Universidad de Sevilla.
Y, por último, el lunes 7 de noviembre entrevistaremos al profesor Alex S. Vitale, sobre nuevas propuestas en el ámbito de la seguridad, y el miércoles 9 de noviembre, también con referencia a nuevas propuestas en seguridad, a Megan O’Neill, directora asociada del Instituto Escocés de Investigación sobre la Policía.
Hay que subrayar que el Consejo Editorial de Notes de Seguretat no comparte necesariamente el contenido de los apuntes que publica, y las opiniones de las personas entrevistadas representan únicamente su punto de vista y no el del Consejo Editorial ni el del Departamento de Interior. El Consejo Editorial es responsable de la selección de las personas entrevistadas y del contenido de las preguntas, pero no de las opiniones que se manifiestan.
Deseamos que os gusten estas entrevistas y que por mucho tiempo podamos seguir disfrutando de vuestra presencia en el blog.
El investigador Trevor Hancock publicó en Timescolonist.com un artículo relativo a un estudio sobre la seguridad de las comunidades, en el que considera que esta seguridad a menudo se centra en la problemática de la delincuencia o la violencia, pero para él la seguridad es mucho más que eso.
Sin embargo, también considera que hay una comprensión muy distinta de la seguridad en Europa en comparación con Norteamérica.
En Europa, el movimiento Safe Communities se centró en gran medida en prevenir accidentes, lo que en seguridad pública se denomina ‘lesiones no intencionadas’. Pero en Norteamérica el enfoque del trabajo sobre comunidades seguras se centró principalmente en la prevención del crimen y la violencia, una parte de lo que se denomina ‘lesiones intencionadas’.
Desde una perspectiva de seguridad pública, las lesiones no intencionadas son, con diferencia, el mayor problema. En un informe del Comité de Prevención de Lesiones se señala que las lesiones son la principal causa de muerte entre los 1 y los 44 años y la cuarta causa de muerte para todas las edades.
Hancock identifica tres prioridades para la prevención de las lesiones: caídas de las personas mayores, lesiones relacionadas con los transportes y suicidios y autolesiones. Pero, incluso dentro de la categoría de asalto, la prioridad no debería ser la violencia aleatoria perpetrada contra desconocidos, sino la violencia familiar y la violencia sexual.
Un informe de 2021 de Statistics Canada señalaba que una cuarta parte de las víctimas de violencia denunciada por la policía son víctimas de un miembro de la familia, mientras que dos tercios de todas las víctimas de violencia familiar son mujeres y niñas.
Además, esta violencia, así como la violencia sexual, son muy poco denunciadas. El 80% de la violencia conyugal no se denunció a la policía. Aparte, la seguridad de la comunidad no se trata solo de violencia, ni siquiera de crimen en general, sino de sentirse seguro.
Por ejemplo, la agresión —especialmente la violencia aleatoria— se considera mucho más aterradora (y más digna de noticia) que los casos mucho más numerosos de caídas y accidentes de tráfico, que demasiado a menudo parecen aceptarse como parte del tejido de la vida cotidiana o del precio que pagamos por la movilidad.
Eso nos dice que la percepción y la emoción son importantes cuando se trata de seguridad, no solo de datos.
Las personas pueden sentirse inseguras por varias razones, que a menudo tienen poco que ver con la actividad delictiva o con las competencias de la policía.
Las personas indígenas, las personas de color, las personas LGBTQ y otras pueden sentirse inseguras a causa de actitudes, comentarios o comportamientos discriminatorios que no son delictivos. Y, por descontado, las calles y los parques oscuros hacen que muchos de nosotros nos sintamos inseguros, mientras que la gente está preocupada y quizás se asusta por aquellos que actúan de forma extraña o que viven en la calle.
Por lo tanto, si realmente queremos una comunidad más segura, tenemos que pensar de forma bastante amplia sobre qué hace que nuestra comunidad sea insegura para las personas, y no dejarnos absorber por una comprensión de la seguridad que se define demasiado estrictamente como una cuestión de crimen, violencia y ley y orden.
La perspectiva del aumento del uso policial de la inteligencia artificial (IA), especialmente en torno a la policía predictiva, ha generado preocupaciones sobre posibles sesgos y la necesidad de transparencia y capacidad de explicación.
El doctor Nick Evans, de la Universidad de Tasmania (Australia), publica un artículo en Policing Insight donde explica que, con las garantías adecuadas, el uso de la IA podría establecer una objetividad integrada para las decisiones policiales y, potencialmente, una mayor confianza en la toma de estas decisiones.
Aunque las aplicaciones de policía predictiva plantean las cuestiones éticas y legalesmás espinosas y, por lo tanto, merecen una seria consideración, también es importante destacar otras aplicaciones de la IA para la policía.
El informe ASPA de Teagan Westendorf, ‘Inteligencia artificial y policía en Australia’, es un ejemplo reciente. Westendorf argumenta que las políticas y los marcos reguladores del gobierno australiano no recogen lo suficiente las limitaciones actuales de la tecnología de IA y que estas limitaciones pueden comprometer principios de IA y de ética, segura y explicable en el contexto de la policía.
La IA puede ayudar en las investigaciones acelerando la transcripción de las entrevistas y el análisis de las imágenes de CCTV. Los algoritmos de reconocimiento de imágenes también pueden ayudar a detectar y procesar material de explotación infantil y ayudar así a limitar la exposición humana.
Como todos los humanos, los agentes de policía pueden tener sesgos conscientes e inconscientes que pueden influir en la toma de decisiones y en los resultados de la policía. Los algoritmos de policía predictiva a menudo se tienen que entrenar en conjuntos de datos que capturan estos resultados.
Después de todo, una ventaja clave de la IA radica en su capacidad para analizar grandes conjuntos de datos y detectar relaciones demasiado sutiles para que la mente humana las identifique. Hacer que los modelos sean más comprensibles simplificándolos puede requerir compensaciones en sensibilidad y, por lo tanto, también en precisión.
De hecho, la investigación sugiere que cuando los individuos confían en el proceso de toma de decisiones, es más probable que confíen en los resultados en entornos de justicia, incluso si estos resultados son desfavorables.
Tal como señala Westendorf, se pueden tomar medidas para mitigar el sesgo, como codificar preventivamente contra sesgos previsibles e implicar a analistas humanos en los procesos de construcción y aprovechamiento de sistemas de IA.
Investigaciones recientes han encontrado que el nivel de confianza de la gente en la policía (que es relativamente alto en Australia) se correlaciona con su nivel de aceptación de los cambios en las herramientas y la tecnología que utiliza.
Con este tipo de salvaguardias establecidas (así como las revisiones y evaluaciones del despliegue), el uso de la IA puede tener el resultado de establecer la objetividad integrada para las decisiones policiales reduciendo la confianza en las heurísticas y otras prácticas subjetivas de toma de decisiones. Con el tiempo, el uso de la IA puede ayudar a mejorar los resultados de la policía.
No obstante, la necesidad de explicabilidad es solo una consideración para mejorar la responsabilidad y la confianza pública en el uso de los sistemas de IA por parte de la policía, especialmente cuando se trata de la policía predictiva.
En otro estudio, los participantes expuestos a aplicaciones policiales supuestamente exitosas de la tecnología de IA eran más propensos a apoyar un uso policial más amplio de estas tecnologías que aquellos expuestos a usos infructuosos o no expuestos a ejemplos de aplicación de IA.
Eso sugiere que centrarse en una confianza más amplia del público en la policía será vital para mantener la confianza pública en el uso de la IA en la policía, independientemente del grado de transparencia y explicabilidad algorítmica. El objetivo de una IA transparente y explicable no debería dejar de lado este contexto más amplio.