La controversia sobre la conveniencia de los centros de internamiento de extranjeros (CIE) volvió a la primera página de la actualidad el pasado mes de abril cuando el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, anunció en el pleno del Senado la apertura de tres nuevos centros en Madrid, Algeciras y Málaga.
Si el Ayuntamiento de Barcelona ya había solicitado reiteradamente el cierre del CIE de Barcelona durante los últimos años, ahora el Observatorio del Sistema Penal ante la Inmigración, el Instituto Andaluz de Criminología de Málaga y la misma universidad de esta ciudad han publicado un informe en el que reclaman el cierre de los ocho centros de internamiento existentes en España y que no se abran los anunciados por el ministro.[1]
Esta polémica no hace más que profundizar en un debate muy encendido en el ámbito de la Unión Europea: la gestión de los flujos migratorios (y de refugiados) respetando los principios democráticos de los estados miembros y la propia Unión. Uno de los mecanismos previstos para gestionar al extranjero sin permiso de residencia mientras se tramita su expulsión ha sido la creación de centros de internamiento, que, sin ser formalmente prisiones, permitieran tener confinadas, sin libertad deambulatoria, a aquellas personas encontradas de manera irregular en el territorio nacional de un estado miembro hasta que se acabara el procedimiento administrativo (o penal) que determinara su expulsión, o, en sentido contrario, la autorización a continuar su residencia en el país donde se encontraban.
La Unión Europea había intentado implementar las medidas necesarias para contener la inmigración con la Directiva relativa a normas y procedimientos comunes en los estados miembros para el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular,[2] que comportó una nueva reforma de la legislación de extranjería en España y, unos años después, de un reglamento de funcionamiento de los CIE.[3] De todos modos, estas reformas normativas no han contado con un amplio consenso, principalmente en los países del sur de Europa, muy presionados por los flujos migratorios provenientes de África y abandonados a su suerte por los socios del norte de Europa. Las deficientes condiciones de estos centros, así como la restricción de derechos que comportan (la Directiva permite privaciones de libertad de hasta 180 días; la normativa española, de hasta 60 días), han provocado reiteradas protestas en el tiempo tanto de asociaciones de defensa de los derechos humanos como de profesionales que trabajan con las personas afectadas y de algunos grupos políticos.
El informe presentado en Málaga a principios de julio que exige la clausura de todos los CIE plantea, entre otras críticas, que durante el año 2016 solo un 29% de los internados en estos centros fueron expulsados. Es decir, que un 71% fueron puestos en libertad, circunstancia que, a los ojos de los firmantes, significa utilizar los centros como una segunda prisión sin ninguna causa justificada (a menudo únicamente por residencia irregular). Esta situación se ha ido agravando de manera alarmante en el tiempo, ya que en el año 2013 un 52,5% de los internados acababan siendo expulsados; en el 2014 se redujo hasta el 47,5%, para pasar a un 41,4% en el 2015, y doce puntos menos el año pasado. Es decir, si la finalidad de los centros es facilitar la expulsión de los extranjeros, su eficacia (teniendo en cuenta que el número de internos no ha crecido) está bajando vertiginosamente.
[1]Vid. https://ocspi.wordpress.com/2017/06/22/razones-para-el-cierre-de-los-cie/
[2] Vid. http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32008L0115
[3] Vid. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-2749
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