Entra en funcionamiento la orden europea de investigación

El 22 de mayo de 2017 ha entrado en vigor la orden europea de investigación, que simplifica y agiliza las investigaciones penales transfronterizas con capacidad para solicitar pruebas. Esto facilita el trabajo entre las diferentes autoridades judiciales cuando soliciten pruebas que estén en otro país de la Unión Europea.

La orden europea de investigación se basa en el reconocimiento mutuo, lo que significa que los países de la Unión Europea están obligados a reconocer y ejecutar la solicitud de otro país, como lo harían con una decisión procedente de sus propias autoridades.

  • Crea un único instrumento de gran alcance. La orden europea de investigación sustituirá el fragmentado marco jurídico actual para la obtención de pruebas. Abarca todo el proceso de obtención de pruebas, desde el aseguramiento de las pruebas hasta la transferencia de los elementos de prueba existentes, para los estados miembros participantes
  • Establece plazos estrictos para obtener las pruebas solicitadas. Los estados miembros disponen de hasta 30 días para decidir si aceptan una solicitud. Si se acepta, el plazo para ejecutar la medida de investigación solicitada es de 90 días.
  • Restringe los motivos para rechazar una solicitud. La autoridad receptora sólo podrá negarse a ejecutar una orden en determinadas circunstancias, como por ejemplo si es perjudicial para su seguridad nacional o contraria a los principios fundamentales del derecho del país en cuestión.
  • Reduce los trámites administrativos gracias a la introducción de un formulario único normalizado, en la lengua oficial del Estado ejecutor.
  • Protege los derechos fundamentales de la defensa. Las autoridades solicitantes evaluarán la necesidad y la proporcionalidad de la medida de investigación solicitada. Las órdenes europeas de investigación deben ser emitidas o validadas por una autoridad judicial.

La orden europea de investigación permitirá:

  • El traslado temporal de detenidos con el fin de reunir pruebas.
  • La consulta de las cuentas bancarias y las operaciones financieras de los sospechosos o acusados.
  • Las investigaciones encubiertas y la interceptación de telecomunicaciones.
  • Medidas de protección de pruebas.

Paralelamente, la Comisión Europea está trabajando para crear soluciones que doten a las autoridades judiciales de herramientas de investigación modernas para facilitar su acceso a las pruebas electrónicas.

Una vez incorporada la orden europea de investigación a las legislaciones nacionales respectivas, la Comisión Europea analizará la situación de esta incorporación y se dirigirá a los estados miembros que aún no hayan tomado las medidas pertinentes.

Antecedentes

La Directiva se basa en el principio de reconocimiento mutuo de las decisiones judiciales en cuanto a la obtención de pruebas para su uso en procedimientos penales.

Esta Directiva se aplica en todos los países de la UE excepto Dinamarca e Irlanda, que no participan. Se trata de un instrumento que sustituye a las asistencias judiciales mutuas existentes en la UE para la obtención de pruebas, en particular, el Convenio de asistencia judicial de la UE de 2000 y la Decisión marco 2003/577/JHA sobre el aseguramiento de pruebas.

 Webs de interés

Justicia penal: reconocimiento de pruebas

La Unión de la Seguridad: dos años después

_____

Aquest apunt en català / This post in English / Post en français

 

Leave a Reply