Sentencia pionera en Francia contra las identificaciones policiales basadas en perfiles étnicos

Los hechos se remontan a otoño del 2011 en la ciudad de Lyon. Dos estudiantes universitarios, Nadir y Armel, estaban sentados en la terraza de un restaurante cuando un coche de policía se paró y, de entre todas las personas presentes, los agentes identificaron tan solo a los dos estudiantes. El motivo: ellos eran los únicos que no eran blancos.

Nadir y Armel se sumaron a una denuncia de 13 jóvenes de origen africano y norteafricano por identificación policial por motivo de la apariencia. El 9 de noviembre de 2016, el tribunal les dio la razón. Por primera vez en Francia, un juez ha dictaminado que “un control de identidad que se base en las características físicas asociadas a un origen real o supuesto, sin ninguna justificación objetiva previa, es discriminatorio”. Pero la otra gran novedad es que el tribunal también ha precisado la manera como tiene que ser probada la discriminación, de forma que a partir de ahora la carga de la prueba corresponderá a la policía. El denunciante deberá aportar elementos que permitan presumir la existencia de discriminación, como por ejemplo el atestado de un testigo de los hechos. Entonces es la policía quien tendrá que demostrar o bien la ausencia de discriminación, o bien una diferencia de trato justificada por elementos objetivos.

En España, el único antecedente judicial que existe es el caso de 1992 de Rosalind Williams, de nacionalidad española y nacida en los Estados Unidos, que denunció una identificación policial motivada exclusivamente por el color de su piel. Mientras que en 2001 el Tribunal Constitucional respondió que la apariencia física o racial podía justificar una identificación policial, en 2009 el Comité de Derechos Humanos de la ONU dio la razón a la denunciante, al dictaminar que la policía no puede hacer diferencias a partir del color de la piel.

Las identificaciones basadas en perfiles étnicos tienen lugar cuando la policía se centra desproporcionadamente en determinadas personas debido a su origen racial, étnico, religioso o nacional, ya sea real o en apariencia, en lugar de hacerlo por motivos de sospecha objetivos y razonables. Un informe de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales señala que las identificaciones por perfil étnico no solo son discriminatorias, sino que también deterioran la relación policía-ciudadanía y, por consiguiente, perjudican la tarea de la policía, que necesita de la confianza y la cooperación ciudadanas.

Tal como evidencian varios estudios de la fundación Open Society, en Francia el uso del perfil étnico en las identificaciones afecta principalmente a hombres jóvenes de origen árabe o africano. Pero la policía francesa no es la única: las identificaciones basadas en perfiles étnicos son habituales en toda Europa occidental y en buena parte del mundo. Ni Cataluña ni España son una excepción. En 2008 una prueba piloto que se llevó a cabo en la ciudad de Girona dentro del proyecto europeo STEPSS evidenció que la policía identificaba desproporcionadamente a algunos grupos según la edad (jóvenes), el género (hombres), la etnicidad y la nacionalidad, especialmente al colectivo de apariencia norteafricana y de nacionalidad marroquí. En 2013 otro estudio de la Universidad de Valencia sobre identificaciones policiales constataba la utilización del perfil étnico por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad. En España, algunas policías han iniciado reformas para reducir este tipo de identificaciones. En el informe Identificaciones policiales eficaces e imparciales pueden leerse los resultados.

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